Tarifas
Las tarifas de la Asignación Básica para Vivienda se basan en los datos del mercado de alquiler del área local y varían según el lugar de destino geográfico, el grado de pago y el estado de dependencia. También se tiene en cuenta el coste de los servicios públicos. La BAH se basa únicamente en las propiedades de alquiler, no en los costes de propiedad de la vivienda, como los pagos de la hipoteca y los impuestos sobre la propiedad.
La BAH también incluye la protección de las tarifas. Esto significa que, si la tasa de BAH actual de un miembro del Servicio es inferior a la del año anterior, el miembro recibe al menos la misma cantidad de BAH que el año anterior, siempre que el lugar de destino, el rango y el estado de dependencia del miembro sigan siendo los mismos. Si las tasas de BAH suben, el afiliado recibirá la tasa de BAH más alta siempre que su derecho sea ininterrumpido. Esto asegura que los miembros que han asumido compromisos a largo plazo en forma de arrendamiento o contrato no sean penalizados si los costos de vivienda del área disminuyen.
Para obtener una lista completa de las tasas de BAH, consulte las tasas de BAH para todas las ubicaciones. Los miembros del servicio pueden calcular sus tarifas individuales de BAH utilizando la calculadora de BAH: https://www.defensetravel.dod.mil/site/bahCalc.cfm
La BAH permite a los miembros del Servicio vivir fuera de la base a una tarifa comparable a la de sus homólogos civiles. No está diseñado para cubrir todos los gastos de vivienda de todos los miembros. Algunos miembros pueden tener gastos de su propio bolsillo porque las tarifas se basan en el coste medio del alquiler. El gasto real de un miembro del Servicio puede ser mayor o menor dependiendo de la elección de vivienda del miembro del Servicio y del lugar en el que viva.
Los miembros del Servicio son libres de elegir la vivienda que mejor se adapte a sus necesidades, por lo tanto, pueden optar por utilizar toda su asignación de vivienda para alquilar una vivienda cara cerca de su lugar de destino o pueden optar por tener un viaje más largo alquilando una casa más grande en una zona menos costosa/área periférica que está más lejos de su lugar de destino.
Programa de Exención de Asignación de Vivienda
¿Qué es? El programa de exención de subsidio de vivienda de la Secretaría del Ejército estabiliza al dependiente del Soldado por un período temporal, cuando las circunstancias requieren que los dependientes residan separados del Miembro del Servicio. Las exenciones se considerarán por un período de hasta seis meses antes o después de la fecha de reubicación del Soldado. Las extensiones se considerarán caso por caso.
¿Qué hace? El programa de exención del subsidio de alojamiento proporciona asistencia temporal a los soldados y sus familias para facilitar la transición de un cambio de estación permanente (PCS) al nuevo lugar de destino permanente en los Estados Unidos o en el extranjero. Una exención aprobada permite al soldado recibir un subsidio de vivienda basado en el antiguo lugar de destino o en la ubicación designada aprobada por el gobierno en lugar del nuevo lugar de destino permanente.
¿Quiénes califican? El programa se aplica a los Soldados en servicio activo con dependientes cuyos dependientes residen con ellos en el anterior lugar de servicio antes de partir en un PCS o en una ubicación designada aprobada por el gobierno (para los Soldados que sirven un viaje restringido sin acompañante/dependiente).
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El dependiente debe residir con el soldado antes del PCS, a menos que el miembro esté sirviendo un viaje restringido sin acompañante/dependiente
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El dependiente debe seguir residiendo en el anterior lugar de servicio o en el lugar designado aprobado por el gobierno durante el período de exención
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Los soldados sin dependiente sólo pueden solicitar una exención cuando se les autorice un PCS sin coste o ser un soldado del componente de reserva (RC) en servicio activo en el extranjero.
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Servicio PCS de bajo/ningún coste. Los soldados que no están autorizados a trasladar los enseres domésticos o las personas a su cargo y deben desplazarse desde la misma residencia ocupada en el último lugar de destino hasta el nuevo lugar de destino. Presentar contrato de alquiler o hipoteca.
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Educación militar profesional (PME) o curso de formación. Soldados que asistirán a una escuela militar o curso de formación por un período no superior a 12 meses. Sólo pueden solicitarlo los soldados destinados en Estados Unidos.
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Despliegue. Soldados que estén asignados a una unidad que se desplegará dentro de los 12 meses siguientes a su llegada y que se desplegarán con esa unidad. Presentar la orden de despliegue o un memorando firmado por un Mayor o superior en la cadena de mando del Soldado que verifique el mes, año y duración del despliegue.
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Educación del dependiente. Un dependiente que está inscrito en un programa académico y quiere completar el año escolar actual o el semestre actual. Presentar una carta de la institución académica que verifique la inscripción y la fecha prevista de finalización del año escolar.
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Empleo del cónyuge. Un Cónyuge dependiente que tiene un empleo remunerado y desea un retraso para completar sus obligaciones laborales. Presentar una carta o contrato del empleador que verifique el empleo para la terminación anticipada.
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Programa de Miembro Familiar Excepcional (EFMP) o consideraciones médicas. Un dependiente bajo un programa de tratamiento médico que requiera una breve demora para completar el tratamiento médico o para seguir cuidando a un familiar inmediato. Debe estar inscrito en el EFMP, si procede. En la orden de PCS debe figurar una declaración del EFMP sobre la disponibilidad de cuidados en el nuevo lugar de destino.
- Viaje anticipado del dependiente. Un dependiente que viaja antes que el soldado al nuevo lugar de servicio y establece una residencia con un contrato de alquiler o hipoteca.
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Soldados RC con dependientes llamados al servicio activo. Soldados RC con dependientes llamados al servicio activo por 365 días o menos y desean recibir BAH basado en la residencia principal en el momento en que se emitió la orden.
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Soldados RC sin dependientes llamados al servicio activo. RC Soldiers without dependents ordered to active duty for 365 days or less for an OCONUS assignment, government quarters are not available, and desire to receive an overseas housing allowance based on the permanent duty station.
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Memorandum or DA Form 4187 signed by the Soldier and commander, if applicable, requesting consideration of a waiver. The memorandum must provide the reason for the request and the Soldier’s email and phone contact information.
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PCS order to the old duty station
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PCS order to the new duty station
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Last LES
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Required document based on situation Soldier is applying for (PME, deployment, education,).
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For PME waiver requests from Active Component Officers, email requests in PDF (Adobe Acrobat) to HRC Fort Knox using the AIM portal: https://aim.hrc.army.mil.
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Para las solicitudes de exención PME de soldados alistados en activo, envíe las solicitudes por correo electrónico en PDF al HRC de Fort Knox utilizando la dirección de correo electrónico: [email protected].
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Todas las demás solicitudes del Componente Activo, la Reserva del Ejército de los Estados Unidos y la Guardia Nacional del Ejército, incluidas la Guardia Activa y la Reserva, envíe las solicitudes por correo electrónico en PDF a HQDA DCS, G-1 utilizando la dirección de correo electrónico: [email protected].
¿Qué situaciones califican? Los soldados pueden solicitar que se considere una exención del subsidio de vivienda en las siguientes circunstancias:
How do Soldiers apply? Soldiers are required to submit the following documents for consideration:
Where do Soldiers send their requests?
¿Qué ocurre si los soldados tienen preguntas sobre el programa de exención del subsidio de alojamiento? Envíe sus preguntas por correo electrónico a HQDA, DCS G-1 utilizando la dirección de correo electrónico: [email protected].
Diferentes tipos de BAH
BAH con dependientes y BAH sin dependientes
Un miembro del Servicio con un servicio permanente dentro de los 50 Estados Unidos, al que no se le proporcione una vivienda del gobierno, tiene derecho a BAH, según el estado de dependencia del miembro del Servicio en el código postal del servicio permanente. Un miembro del Servicio destinado en el extranjero, incluidos los protectorados de EE.UU., al que no se le proporcione una vivienda del gobierno, tiene derecho a la Asignación de Vivienda en el Extranjero (OHA) en función del estado de dependencia del miembro del Servicio. Si un miembro del Servicio está sirviendo una gira en el extranjero UNACCOMPANIED, el miembro del Servicio es elegible para BAH en la tasa de «con dependientes», basado en el código postal de residencia de los EE.UU. del dependiente, más OHA en la tasa de «sin dependientes», si el miembro del Servicio no está amueblada vivienda del gobierno en el extranjero.
BAH Parcial
Un miembro del Servicio sin dependientes que esté viviendo en un alojamiento del gobierno tiene derecho a una BAH Parcial.
BAH Componente de Reserva/Transporte (BAH RC/T)
BAH RC/T es un subsidio de vivienda no local para miembros del Servicio en circunstancias particulares, por ejemplo, Reservistas en servicio activo por 30 o menos días. También se aplica cuando un miembro del Servicio está en tránsito desde zonas seleccionadas en las que no existe una tarifa BAH previa (como en el extranjero). No varía según la ubicación geográfica. La BAH RC/T se fijó sobre la base de la antigua asignación básica por alojamiento (BAQ), que se basaba en la media nacional de alojamiento. La BAH RC/T se publica anualmente y se determina incrementando las tarifas del año anterior por el crecimiento porcentual medio nacional de los costes de la vivienda.
La BAH-Diferencial (BAH-Diff)
La BAH-Diff es el importe de la asignación de vivienda para un miembro del Servicio que está asignado a un cuartel de tipo individual y al que se le autoriza una asignación básica de vivienda únicamente en razón del pago de la manutención de los hijos por parte del miembro del Servicio. Un miembro del Servicio no tiene derecho a la BAH-Diff si la tasa mensual de dicha manutención es inferior a la BAH-Diff. El BAH-Diff es determinado por el Secretario de Defensa de los Estados Unidos (SECDEF) y es igual a la diferencia entre el BAQ con dependientes y el BAQ sin dependientes en 1997 para el grado del miembro del Servicio. El BAH-Diff se publica anualmente y se determina aumentando las tarifas del año anterior por el porcentaje de crecimiento de la paga básica militar. Para más información, póngase en contacto con su Oficina de Finanzas.
Nota: A partir de las tasas de BAH de 2012, el Departamento está publicando el desglose porcentual medio entre el alquiler y los servicios públicos para cada Área de Vivienda Militar. Esta información adicional ayudará a los miembros del Servicio a tomar decisiones informadas sobre la vivienda cuando se trasladen a una nueva área. https://www.defensetravel.dod.mil/site/pdcFiles.cfm?dir=/Allowances/BAH/Component_Breakdown/