Aspectos esenciales de la conexión a tierra del generador

Los generadores se instalan comúnmente en edificios o estructuras que requieren sistemas de emergencia, sistemas de reserva legalmente requeridos o sistemas de energía de reserva opcionales. Algunos generadores están ubicados dentro del edificio o estructura que abastecen; pero, con frecuencia, están ubicados en el exterior. A menos que se trate de pequeños generadores que suministran circuitos derivados, los conductores suministrados son alimentadores, y si están situados fuera de los edificios o estructuras, se aplican los requisitos del artículo 225 de NEC, específicamente los apartados 225.31 a 225.39. La sección 250.32 también se aplica a los conductores alimentadores que suministran al edificio o estructura.

Los generadores instalados de forma permanente son fuentes de energía independientes y a menudo se instalan como sistemas derivados por separado, que se definen en el artículo 100. La decisión de conectar un generador como un sistema derivado por separado está determinada por el tipo de equipo de transferencia especificado para el diseño. Hay una nota informativa importante a continuación del artículo 250.30 que describe la relación entre el interruptor de transferencia y cómo deben realizarse las conexiones a tierra para el generador. En primer lugar, si un interruptor de transferencia para un generador conmuta el conductor de tierra (normalmente un neutro), entonces el generador debe estar conectado a tierra como un sistema derivado por separado de acuerdo con todos los requisitos aplicables en 250.30(A). La razón es que, en el modo de alimentación normal, el conductor de tierra (neutro) para la carga está conectado al conductor del electrodo de tierra en el servicio. En el modo de espera, el conductor de tierra (neutro) para la carga se conecta a la fuente del generador, que se conecta a tierra como un sistema derivado por separado. El resultado es que, en cualquier posición del interruptor de transferencia, el sistema eléctrico está conectado a tierra. Si no hay acción de conmutación en el conductor de tierra (neutro) a través del equipo de transferencia, entonces el sistema del generador permanece conectado a tierra con el interruptor de transferencia en cualquiera de las dos posiciones: normal o de espera por el conductor del electrodo de tierra en el servicio. Si el generador es un sistema derivado por separado y está ubicado en el exterior, se requiere una conexión de electrodo de tierra en la ubicación de la fuente para cumplir con 250.30(C). Las conexiones de puesta a tierra de los equipos, en este caso, tienen que cumplir los requisitos de 250.35(B) para los generadores instalados permanentemente.

La sección 250.35 cubre los requisitos importantes para proporcionar una trayectoria eficaz de la corriente de defecto a tierra, que la 250.4 aborda de forma general. Los generadores conectados a tierra como sistemas derivados por separado cumplen este requisito cuando se instalan de acuerdo con las normas de 250.30(A). Si el generador no se instala como un sistema derivado por separado, debe proporcionarse una vía de corriente de defecto a tierra efectiva de acuerdo con 250.35(B). Esto significa simplemente que debe instalarse un puente de conexión del lado de la alimentación entre el generador y la barra de terminales de puesta a tierra del equipo o el bus del recinto alimentado por el sistema. El puente de conexión del lado de la alimentación debe instalarse de acuerdo con 250.102(C). El tamaño mínimo debe basarse en la Tabla 250.66 o en la regla del 12,5 por ciento, basada en el área circular milimétrica total de los mayores conductores de fase sin conexión a tierra conectados al generador. Si el generador tiene un dispositivo de sobrecorriente, los alimentadores de suministro desde el lado de salida del dispositivo de protección de sobrecorriente en el disyuntor deben incluir un conductor de puesta a tierra del equipo dimensionado de acuerdo con 250.122, basado en la clasificación del dispositivo de sobrecorriente en el generador.

Electrodos auxiliares de puesta a tierra

Si los generadores se instalan en el exterior, el diseño suele especificar un electrodo auxiliar de puesta a tierra. El NEC no requiere electrodos auxiliares; sin embargo, si se instalan, 250.54 proporciona requisitos específicos que deben cumplirse. El electrodo auxiliar proporciona una conexión directa a la tierra en la ubicación del generador. Esta conexión a tierra es adicional a la puesta a tierra y a la unión requerida por 250.30(A) o 250.35(B), como se ha explicado anteriormente. El electrodo auxiliar de puesta a tierra debe estar conectado al conductor de puesta a tierra del equipo, además del bastidor del generador. No se permite que la tierra sea una vía efectiva de corriente de falla a tierra. Cuando se instalan electrodos auxiliares de puesta a tierra para el equipo, no se requiere que cumplan los requisitos de 25 ohmios especificados en 250.53(A)(2) Excepción.

Resumen

La nota informativa nº 1 de la sección 250.30 proporciona información esencial que ayuda a los usuarios a determinar los requisitos de puesta a tierra del sistema para los generadores. El equipo de transferencia aplicado en el diseño es un factor clave para determinar si un generador debe ser conectado a tierra como un sistema derivado por separado. Se requiere una trayectoria efectiva de corriente de falla a tierra entre el generador y el equipo alimentado por el sistema. La trayectoria efectiva de la corriente de falla a tierra debe ser un puente de conexión del lado de la alimentación de acuerdo con 250.102(C) o un puente de conexión del equipo del lado de la carga de acuerdo con 250.102(D). La instalación de un electrodo auxiliar de puesta a tierra para un generador no es un requisito de la NEC; sin embargo, si se instala, la instalación debe cumplir los requisitos de 250.54.

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