¿Cuáles son sus derechos y obligaciones legales como peatón en California? Si se está haciendo esta pregunta, lo más probable es que sea porque fue atropellado por un coche y quiere saber si puede presentar una reclamación bajo la póliza de seguro del conductor. Bajo la División 11, Capítulo 5 del Código de Vehículos de California, los peatones tienen el derecho de paso bajo varias circunstancias; y, si usted fue golpeado mientras cruzaba la calle o caminaba por el lado de la carretera, puede tener derecho a una compensación financiera significativa.
¿Cuándo debe un conductor ceder el derecho de paso a un peatón?
La Sección 21950(a) del Capítulo 5 comienza diciendo que, «el conductor de un vehículo deberá ceder el derecho de paso a un peatón que cruza la calzada dentro de cualquier paso de peatones marcado o dentro de cualquier paso de peatones no marcado en una intersección, salvo que se disponga lo contrario en este capítulo» Así, la regla por defecto en California es que si un peatón está en un paso de peatones, el peatón tiene el derecho de paso. Pero, la Sección 21950(b) continúa diciendo:
«Esta sección no exime a un peatón del deber de usar el debido cuidado para su seguridad. Ningún peatón puede salir repentinamente de un bordillo u otro lugar de seguridad y caminar o correr en el camino de un vehículo que está tan cerca como para constituir un peligro inmediato. Ningún peatón podrá detener o retrasar innecesariamente el tráfico mientras se encuentre en un paso de peatones marcado o no marcado».
A pesar de esta advertencia, las disposiciones posteriores de la ley aclaran aún más la responsabilidad de los conductores de tener precaución con los peatones. En concreto, la ley establece que un conductor que se acerque a un peatón en un paso de peatones «deberá actuar con la debida precaución y reducir la velocidad del vehículo o tomar cualquier otra medida relacionada con el funcionamiento del vehículo que sea necesaria para salvaguardar la seguridad del peatón», y que las obligaciones de los peatones en virtud del artículo 21950(b) no eximen a los conductores de su responsabilidad de «actuar con la debida precaución para la seguridad de cualquier peatón dentro de cualquier paso de peatones marcado o dentro de cualquier paso de peatones no marcado en una intersección.»
Otras disposiciones del capítulo 5 abordan circunstancias específicas en las que los conductores deben ceder el derecho de paso a los peatones. Por ejemplo:
- «Siempre que un vehículo se haya detenido en una para permitir que un peatón cruce la calzada, el conductor de cualquier otro vehículo que se acerque por detrás no deberá adelantar y rebasar al vehículo detenido.» (Artículo 21951)
- «El conductor de cualquier vehículo a motor, antes de circular por la acera, deberá ceder el paso a cualquier peatón que se aproxime a ella.» (Sección 21952)
¿Qué pasa si un conductor que tiene el derecho de paso causa un accidente con un peatón?
Como puede ver, el derecho de paso de los peatones enCalifornia existe principalmente en los pasos de peatones y en la acera. Entonces, ¿qué sucede cuando un conductor golpea a un peatón que no tiene el derecho de paso?
Si bien la Sección 21954 deja claro que los conductores tienen el derecho de paso en la mayor parte de la carretera («todo peatón … en cualquier punto que no sea dentro de un deberá ceder el derecho de paso a todos los vehículos»), deja igualmente claro que los conductores todavía deben ejercer un deber de cuidado cuando se enfrentan a los peatones en la carretera. Como resultado, mientras que un peatón puede ser considerado parcialmente culpable en el caso de que él o ella no tiene el derecho de paso, hay una buena probabilidad de que él o ella todavía tiene una reclamación de al menos una compensación parcial.
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