Los educadores en el hogar pueden establecer una escuela privada con sede en su casa presentando una Declaración Jurada de Escuela Privada (PSA) ante el Departamento de Educación de California (CDE).
La PSA se puede presentar en línea en el sitio web del Departamento de Educación de California del 1 al 15 de octubre de cada año. Las escuelas que se crean después del período de presentación deben presentarla en el momento en que se establece la escuela. CHN recomienda que se presente electrónicamente utilizando el formulario en línea del CDE. Si proporciona una dirección de correo electrónico que funcione, recibirá inmediatamente un número de confirmación y un enlace para ver su PSA en línea. Guarde esa información por si alguien le pide una confirmación. La dirección de Internet para el formulario en línea (para estudiantes menores de 6 años) es: www3.cde.ca.gov/psa o haga clic en el botón de abajo. No presente una declaración jurada durante los meses de agosto y septiembre, incluso si su escuela comienza durante estos meses, ya que la declaración jurada actual es para el año escolar equivocado. Verifique que la declaración jurada tenga el año escolar correcto en la parte superior.
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- Cómo funciona la declaración jurada de la escuela privada
- Preguntas frecuentes sobre la declaración jurada
- Requisitos de las escuelas privadas de California
- Respuestas a preguntas frecuentes
- ¿Debo presentar un PSA para Preescolar y/o Kindergarten?
- ¿Debo tomar la decisión final de educar en casa o no antes del 15 de octubre?
- ¿Estoy obligado a presentar una comprobación de huellas dactilares?
- Si mi condado o distrito escolar me pide más información, ¿qué debo hacer?
Formulario en línea para presentar la PSA 2020-2021
Una vez que envíe el formulario y reciba su número de confirmación, debe imprimir una copia para sus registros.
¿Necesita ayuda para llenar la PSA? CHN tiene instrucciones detalladas línea por línea para completar el PSA en línea (esta información se actualiza cada año en octubre después de que el nuevo PSA esté disponible en línea). Haga clic en el botón de abajo para ver las instrucciones.
Instrucciones línea por línea de CHN
Si necesita presentar su declaración jurada y no puede hacerlo electrónicamente, tiene dos opciones. Primero, puede solicitar una PSA en papel al estado. Para recibir una PSA en papel, envíe un correo electrónico a [email protected] o llame al (916) 445-7331. En segundo lugar, CHN ha desarrollado una «Declaración en lugar» que ha sido aceptada por el CDE.
Cómo funciona la declaración jurada de la escuela privada
La declaración jurada no licencia, evalúa, reconoce, aprueba o respalda una escuela privada. El Estado de California no acredita ni a las escuelas públicas ni a las privadas. La declaración jurada en sí es una herramienta estadística, y necesaria para efectuar la exención del alumno de la inscripción y asistencia obligatoria a la escuela pública. Al presentar una declaración jurada usted está mostrando la intención de establecer una escuela privada, e informando al estado, como lo requiere la ley. Los padres han estado utilizando legalmente esta disposición durante muchos años para llevar a cabo sus propias escuelas privadas en casa.
Preguntas frecuentes sobre la declaración jurada
Requisitos de las escuelas privadas de California
Las secciones del Código de Educación §48222, §48415, §33190, §51210 y §51220 establecen los criterios para una escuela privada. Los siguientes requisitos legales se aplican a todas las escuelas privadas, independientemente de su tamaño:
- El administrador de cada escuela privada debe presentar una declaración jurada ante el Superintendente de Instrucción Pública entre el 1 y el 15 de octubre de cada año.
- Los instructores de las escuelas privadas deben ser «capaces de enseñar». Sin embargo, no hay ningún requisito en el Código de Educación de California que obligue a que los profesores de una escuela privada tengan una credencial de enseñanza estatal o tengan la formación equivalente.
- Los nombres y direcciones, incluyendo la ciudad y la calle, del profesorado deben mantenerse en el archivo, así como un registro de las calificaciones educativas de cada instructor.
- La instrucción debe ser en inglés.
- La instrucción debe ofrecerse «en las diversas ramas de estudio que se requieren para ser enseñadas en las escuelas públicas.» Los materiales y métodos que utilices para enseñar estas áreas dependen de ti. No está obligado a enseñar todas las materias siempre que se ofrezcan y estén disponibles para el estudiante:
- Grados 1-6: Inglés, matemáticas, ciencias sociales, ciencias, bellas artes, salud y educación física.
- Grados 7-12: Todo lo que se incluye en lo anterior más lengua extranjera, artes aplicadas, educación vocacional y educación vial.
La página de Mantenimiento de Registros Escolares de CHN tiene enlaces a formularios y ejemplos para ayudarle a entender los requisitos de mantenimiento de registros.
Respuestas a preguntas frecuentes
¿Debo presentar un PSA para Preescolar y/o Kindergarten?
¿Debo tomar la decisión final de educar en casa o no antes del 15 de octubre?
¿Estoy obligado a presentar una comprobación de huellas dactilares?
Si mi condado o distrito escolar me pide más información, ¿qué debo hacer?
Si todavía tiene preguntas, llame a su Contacto Local de CHN o a la Línea Directa de Educación en Casa al (800) 327-5339 para más información. Envíe un correo electrónico al Comité de Derechos Legales sobre cualquier problema que pueda tener con los funcionarios del Departamento de Educación.
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