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Extracto del curso de Ética & Límites en psicoterapia

Relación dualLas relaciones duales (Zur, 2014) se refieren a situaciones en las que existen dos o más conexiones entre un terapeuta y un cliente. Ejemplos de relaciones duales son cuando un cliente es también un estudiante, amigo, empleado o socio de negocios del terapeuta. Zur define muchos tipos de relaciones duales, incluyendo las sociales, profesionales, de negocios, comunitarias, institucionales, forenses, de supervisión, sexuales y digitales, en línea o por Internet. Mientras que todas las relaciones duales implican el cruce de límites, las relaciones duales de explotación son violaciones de los límites.

Las relaciones múltiples son situaciones en las que un terapeuta está involucrado en «una o más relaciones adicionales con un cliente además de la relación de tratamiento. Las relaciones múltiples pueden ser sexuales o no sexuales. Las relaciones múltiples no sexuales pueden incluir relaciones sociales, familiares, comerciales o financieras, y posiblemente otras. Las relaciones múltiples se distinguen de los contactos casuales. Los contactos casuales son situaciones en las que el psicólogo y el cliente tienen una interacción en otro entorno que no está planificada y es muy breve. Los ejemplos pueden incluir el hecho de notar que el psicólogo y el cliente asisten al mismo concierto o evento comunitario, ser miembros de la misma organización, o cruzar brevemente sus caminos en la comunidad» (Barnett, 2014).

Para muchos psicólogos que ejercen en comunidades rurales y pequeñas, las relaciones duales son algo cotidiano. La persona que embolsa las compras en el supermercado, bombea gasolina, trabaja en el consultorio de un dentista o acompaña a los niños en las excursiones escolares a menudo también puede ser el cliente del terapeuta.

Las inevitables relaciones duales también son la norma dentro de numerosas poblaciones pequeñas en áreas metropolitanas más grandes, como los homosexuales/lesbianas, los discapacitados, las diversas minorías, las congregaciones religiosas y otras pequeñas sociedades tan distintas. De hecho, la dualidad, la dependencia mutua y el conocimiento previo de unos y otros son requisitos previos para el desarrollo de la confianza y el respeto en estas comunidades.

Zur (2005) va más allá al expresar la idea de que «la evitación rígida de todos los cruces de límites y las relaciones duales plantean dos preocupaciones principales: En primer lugar, me preocupa que la aplicación rígida de tales límites disminuya la eficacia terapéutica. En segundo lugar, dado que la explotación, por regla general, se produce en el aislamiento, me preocupa que el aislamiento impuesto por los límites rígidos aumente la probabilidad de explotación y daño a los clientes. Los límites rígidos, de hecho, aumentan el poder del terapeuta y, por lo tanto, aumentan la posibilidad de que un cliente sea explotado»

Epstein & Simon (1992) desarrolló un «Índice de Explotación» para que los clínicos lo utilicen para evaluar su propio mantenimiento de los límites. Algunas áreas que requieren autoconciencia y vigilancia por parte de los supervisores o consultores son:

– Angustia o malestar evidente del terapeuta
– Deriva terapéutica – cambio de estilo y enfoque hacia un cliente determinado
– Falta de objetivos y reflexión sobre el progreso en la terapia
– Terapia que excede la duración normal para un cliente de ese tipo en la práctica del terapeuta en particular
– Exceder las áreas de competencia, reticencia o falta de voluntad para derivar a otros tipos de terapia, evaluación, etc.
– Técnicas imprudentes como los abrazos o el tacto excesivo
– Implicarse en la vida del cliente -tratando a amigos cercanos o miembros de la familia
– Vulnerabilidades únicas como la atracción o la identificación excesiva con el cliente

Las relaciones múltiples se abordan en la mayoría de los códigos deontológicos profesionales. Por ejemplo, el Código de Ética de la AAMFT aborda la cuestión en el artículo 1.3:

Los terapeutas matrimoniales y familiares son conscientes de sus posiciones influyentes con respecto a los clientes, y evitan explotar la confianza y la dependencia de dichas personas. Los terapeutas, por lo tanto, hacen todo lo posible para evitar las condiciones y las relaciones múltiples con los clientes que podrían perjudicar el juicio profesional o aumentar el riesgo de explotación. Tales relaciones incluyen, pero no se limitan a, las relaciones comerciales o personales estrechas con un cliente o la familia inmediata del cliente. Cuando el riesgo de deterioro o explotación existe debido a las condiciones o roles múltiples, los terapeutas toman las precauciones apropiadas.

El Código de Ética de la NASW describe las relaciones múltiples («las relaciones duales o múltiples ocurren cuando los trabajadores sociales se relacionan con los clientes en más de una relación, ya sea profesional, social o de negocios. Las relaciones duales o múltiples pueden ocurrir simultánea o consecutivamente») y las aborda en el Artículo 1.06 (c):

Los trabajadores sociales no deben involucrarse en relaciones duales o múltiples con clientes o ex clientes en las que exista un riesgo de explotación o daño potencial para el cliente. En los casos en que las relaciones duales o múltiples son inevitables, los trabajadores sociales deben tomar medidas para proteger a los clientes y son responsables de establecer límites claros, apropiados y culturalmente sensibles.

Se agregan varias otras dimensiones en el artículo 3 del Código de Ética de la APA.05 Relaciones Múltiples, que amplía el concepto para incluir las relaciones con individuos que están asociados o relacionados con los clientes:

(a) Una relación múltiple ocurre cuando un psicólogo está en un rol profesional con una persona y (1) al mismo tiempo está en otro rol con la misma persona, (2) al mismo tiempo está en una relación con una persona estrechamente asociada o relacionada con la persona con la que el psicólogo tiene la relación profesional, o (3) promete entrar en otra relación en el futuro con la persona o una persona estrechamente asociada o relacionada con la persona.

Un psicólogo se abstiene de entablar una relación múltiple si puede esperarse razonablemente que la relación múltiple perjudique la objetividad, la competencia o la eficacia del psicólogo en el desempeño de sus funciones como psicólogo, o si corre el riesgo de explotar o perjudicar a la persona con la que existe la relación profesional.

Las relaciones múltiples que no se espera razonablemente que causen deterioro o riesgo de explotación o daño no son antiéticas.

En resumen, parece claro que las relaciones múltiples son de interés en los códigos de ética de la mayoría de las principales organizaciones profesionales. Son innatamente peligrosas para el cliente y el terapeuta? No necesariamente. Son motivo de alerta ética e introspección? Sí.

La ética & Los límites en la psicoterapia es un curso online de formación continua (CE/CEU) de 3 horas de duración que pretende dar a los psicoterapeutas las herramientas que necesitan para resolver los problemas y dilemas éticos y de límites, comunes y no tan comunes, que pueden encontrar en su práctica profesional diaria en el siglo XXI. Entre los temas que se discuten están las definiciones de los límites; la resolución de conflictos entre la ética y la ley; los cruces de límites frente a las violaciones de los límites; las relaciones múltiples; la mala conducta sexual; la privacidad y la confidencialidad en la era de la HIPAA y la Ley Patriota; las cuestiones éticas con los clientes peligrosos; las cuestiones de límites en la supervisión clínica; la ética y la competencia cultural; los límites éticos en el uso de los medios sociales; la práctica ética en la teleterapia; los honorarios y las relaciones financieras; y un modelo de 17 pasos para la toma de decisiones éticas. * Este curso satisface la ética & límites requisito para la renovación de la licencia de Florida consejeros, trabajadores sociales & MFTs. Curso #30-77 | 2015 | 40 páginas | 21 preguntas posttest

Recursos de Desarrollo Profesional está aprobado por la Asociación Americana de Psicología (APA) para patrocinar la educación continua para psicólogos; la Junta Nacional de Consejeros Certificados (NBCC ACEP #5590); la Asociación de Juntas de Trabajo Social (ASWB #1046, Programa ACE); la Junta de Ciencias del Comportamiento de California (#PCE1625); la Florida Boards of Clinical Social Work, Marriage & Family Therapy, and Mental Health Counseling (#BAP346) and Psychology & School Psychology (#50-1635); la Ohio Counselor, Social Worker & MFT Board (#RCST100501); la South Carolina Board of Professional Counselors & MFTs (#193); y la Texas Board of Examiners of Marriage & Family Therapists (#114) and State Board of Social Worker Examiners (#5678).

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