Colorado Self-Defense & «Make My Day» Laws

Updated: March 11, 2021

Colorado self-defense law allows people to use physical force to defend themselves or others when

  1. they reasonably believe it necessary to protect against imminent harm, and
  2. they use only the degree of force appropriate for the situation.

In some cases, this means you can use deadly force. You do not have to withdraw from an altercation before defending yourself. Sin embargo, para levantar su derecho a defenderse, usted no puede ser el agresor.

El Código Penal 18-1-704 establece que:

«…una persona está justificada para usar la fuerza física sobre otra persona con el fin de defenderse a sí misma o a un tercero de lo que razonablemente cree que es el uso o el uso inminente de la fuerza física ilegal por parte de esa otra persona, y puede usar un grado de fuerza que razonablemente cree que es necesario para ese propósito.»

Ejemplos

  • Marianne está siendo robada a punta de pistola. Ella agarra la pistola y le da un puñetazo al ladrón.
  • Josh ve a Nick agrediendo a Samantha. Josh interviene para defender a Samantha golpeando a Nick.
  • La autodefensa es una defensa legal muy complicada. Nuestros abogados de defensa criminal de Colorado pueden ayudarle a demostrar que su conducta estaba justificada. En este artículo, explican:

    • 1. Cuándo está justificada la autodefensa en Colorado?
      • 1.1. ¿Cuánta fuerza se puede usar?
      • 1.2. When is deadly force available?
      • 1.3. Stand Your Ground law
      • 1.4. What is a reasonable belief?
      • 1.5. What if you started or provoked the fight?
      • 1.6. What if you agreed to fight?
      • 1.7. Do you have self-defense rights to defend your property?
    • 2. When can you use force to defend other people?
    • 3. What is Colorado’s Make My Day law?
    • 4. To what crimes does self-defense apply?
      • 4.1. Second-degree murder
      • 4.2. First-degree assault
      • 4.3. Second-degree assault
      • 4.4. Domestic violence
      • 4.5. Resisting arrest
    man submitting to aggressor

    You do not have to withdraw from an altercation before defending yourself under Colorado law.

    1. When is self-defense justified in Colorado?

    Self-defense is a legal defense to a criminal accusation. It quietly admits that you committed the crime. Sin embargo, argumenta que usted sólo lo hizo para defenderse del daño. Si tiene éxito, la autodefensa justifica el delito. Significa que usted sólo actuó por autoconservación.1 Un argumento de defensa propia exitoso significa que usted no es responsable del crimen.

    Probar un caso de defensa propia bajo la ley estatal implica demostrar:

    • Usted creyó razonablemente que estaba a punto de sufrir una fuerza inminente e ilegal,
    • Usted creyó razonablemente que se requería fuerza inmediata para protegerse, y
    • Usted usó un grado de fuerza que razonablemente creyó que sería necesario para evitarlo.
      • En algunos casos, el uso de la fuerza mortal puede ser necesario para su autodefensa.

        Las personas que se defienden en Colorado rara vez tienen que retirarse antes de usar la fuerza. En cambio, por lo general se les permite mantener su posición. Esto es cierto incluso si utilizan la fuerza letal en defensa.

        Sin embargo, no todos los casos de autodefensa están justificados. La defensa propia no es una defensa legal si usted fue el agresor en la pelea. La fuerza letal tampoco es una opción si estabas defendiendo tu propiedad, pero no a ti mismo. La única excepción para usar dicha fuerza es si usted estaba tratando de evitar un incendio provocado.

        1.1 ¿Cuánta fuerza puede usar?

        Sólo puede usar tanta fuerza como crea razonablemente que es necesaria para protegerse.

        En muchos casos de derecho penal, esto significa sólo usar tanta fuerza como con la que está siendo amenazado. Sin embargo, el grado de fuerza que se justifica depende de la situación.

        Ejemplo: Paul golpea a George. George saca una pistola y dispara a Paul. George puede haber usado demasiada fuerza para un argumento de defensa propia. El puñetazo no causó lesiones corporales graves, por lo que no hubo razonabilidad para justificar el uso de un arma.

        1.2 ¿Cuándo está disponible la fuerza mortal?

        La fuerza mortal puede ser utilizada en algunas circunstancias para la defensa propia. Usted tiene que creer razonablemente que:

        • Usted está en peligro inminente de ser asesinado o de sufrir grandes lesiones corporales,
        • El asaltante está cometiendo un robo y está a punto de usar la fuerza física contra el ocupante, o
        • El asaltante está cometiendo un secuestro, un robo, una agresión sexual o un delito de asalto.2
          • Su capacidad para usar la fuerza letal es máxima si está en su casa. Esta es la ley «Make My Day» de Colorado. Está en su punto más débil si sólo está defendiendo su propiedad, no su persona.

            1.3 Ley «Stand Your Ground»

            Colorado sigue la ley «Stand Your Ground». Esta ley le permite defenderse sin retirarse de una pelea, primero. Permite que las personas usen la fuerza razonable y apropiada – incluyendo la fuerza mortal – sin retirarse.3

            A diferencia de la ley «Make My Day» de Colorado, Stand Your Ground se aplica también fuera del hogar.

            Ejemplo: El conductor de un coche intenta atropellar a Robert. Robert saca su pistola y dispara al conductor sin intentar apartarse.4

            Stand Your Ground puede ser una defensa para personas que están invadiendo la propiedad de otra persona. Sin embargo, sólo permite a los intrusos usar la autodefensa contra la fuerza ilegal.5 Debido a que los propietarios pueden usar legalmente la fuerza contra un intruso, hay algunas situaciones en las que los intrusos no pueden reclamar la defensa propia.

            1.4 ¿Qué es una creencia razonable?

            Para demostrar que actuó en defensa propia, tiene que demostrar que «creía razonablemente» varias cosas:

            • Se enfrentaba a un daño inminente,
            • Tenía que usar la fuerza para defenderse, y
            • La cantidad de fuerza que usó fue necesaria para evitar el daño.
              • Una creencia razonable es diferente de una creencia subjetiva:

                • Una creencia subjetiva es algo que sólo usted tiene que tener,
                • Una creencia razonable es algo que otras personas tendrían en la misma situación.
                • Una gran parte de un argumento de defensa propia es convencer al jurado de que ellos habrían hecho lo mismo que usted.

                  Importante, una creencia razonable puede seguir siendo errónea, en retrospectiva.6 No es necesario que esté absolutamente seguro de que necesita usar la fuerza para defenderse. En cambio, basta con mostrar una necesidad aparente.7

                  Ejemplo: David es expulsado de una fiesta de Navidad. Dice que le golpearon en la nuca y escuchó un golpe mientras le empujaban por la puerta. Se da la vuelta y dispara 3 veces a la puerta cerrada. Esto no son motivos razonables de que fuera necesaria la defensa propia.8

                  1.5 ¿Y si usted empezó o provocó la pelea?

                  Si usted empezó un altercado, sólo puede alegar defensa propia si:

                  • Se retira del encuentro,
                  • Comunica efectivamente su intención de retirarse, y
                  • La otra persona sigue atacando.9
                    • Si ocurren estas 3 cosas, pasas de ser el agresor inicial a ser una víctima. Esto le permite usar la fuerza en defensa propia.10

                      Además, la defensa propia no es una opción si usted provocó la pelea.11 Esto evita que la gente cree una excusa para usar la defensa propia.12

                      Ejemplo: Clyde provoca una pelea sosteniendo una escopeta cuando llama a la puerta de Ken. Cuando Ken saca su pistola para defenderse, Clyde le dispara.

                      1.6 ¿Y si acordaste pelear?

                      La autodefensa no es una opción si acordaste pelear.13

                      Ejemplo: Sir William reta a Bertram a un duelo. Bertram acepta. Bertram gana el duelo disparando a Sit William. Bertram no puede alegar defensa propia.

                      1.7 ¿Tienes derechos de autodefensa para defender tu propiedad?

                      Puedes usar la fuerza para defender tu propiedad. Todavía se considera defensa propia en Colorado. Sin embargo, sólo puede usar la fuerza que sea razonable y apropiada para evitar delitos como:

                      • Allanamiento ilegal y entrada ilegal,
                      • Robo,
                      • Disfracción criminal, o
                      • Afracción criminal.14
                      • Ejemplo: Johnny intenta arrebatarle el bolso a Claire. Claire le da un puñetazo y le rocía Mace en los ojos.

                        En general, no se puede usar la fuerza física mortal en defensa de la propiedad.15 Se debe usar un grado de fuerza menor. Sólo puedes usar la fuerza mortal para proteger tu propiedad si estás impidiendo que alguien cometa un incendio provocado.

                        hombre recibiendo un puñetazo

                        ¿Cuándo puedes usar la fuerza para defender a otras personas?

                        La defensa de una persona que no seas tú es muy similar a la defensa propia. Puedes alegar defensa de los demás si crees que tu intervención es necesaria para mantenerlos a salvo. Esto suele significar que puede reclamar la defensa de otros si ellos podrían haber reclamado la defensa propia.16

                        En muchos casos de la defensa de otros, usted no sabe del todo lo que está pasando. La ley reconoce esto. Le permite actuar sobre la base de cómo parecen ser las cosas, en lugar del conocimiento real.17

                        ¿Qué es la ley «Make My Day» de Colorado?

                        La ley «Make My Day» permite a los ocupantes de cualquier vivienda de Colorado matar a un intruso si creen razonablemente que el intruso tiene la intención de cometer un delito o infligir fuerza física a un ocupante «sin importar lo leve que sea». Los ocupantes no tienen la obligación de retirarse y pueden «mantener su posición» antes de enfrentarse al intruso, incluso si hay medios fáciles de escapar.18

                        Para que la ley Make My Day se aplique en Colorado, el intruso debe haber entrado ilegalmente en la vivienda. Eso no significa necesariamente «entrar a la fuerza», como por ejemplo forzando un lote o rompiendo una ventana. El mero hecho de entrar a hurtadillas por una puerta sin cerrar califica como entrada ilegal siempre que el intruso no haya sido invitado.

                        Ejemplo: Julie invita a Mary a su casa en Denver. Se pelean y Julie exige que Mary se vaya. Mary se niega. En este caso, Mary no entró ilegalmente en la casa. Por lo tanto, la ley Make My Day no le da a Julie el derecho de usar la fuerza mortal contra ella simplemente por no irse.

                        En cambio, Julie podría llamar a la policía para denunciar a un intruso. O si María se pone violenta, entonces Julie podría defenderse en defensa propia, pero sólo en la medida necesaria para desviar la amenaza. Dado que la ley Make My Day no se aplica, Julie no podría utilizar la fuerza letal a menos que temiera razonablemente que Mary la hiriera gravemente o la matara.

                        Otro requisito de la ley Make My Day de Colorado es que el intruso esté dentro de la vivienda. La ley Make My Day no permite que un ocupante mate a los presuntos intrusos mientras están en el exterior, como:

                        • En un porche, balcón o terraza;
                        • En lo alto del tejado;
                        • En el patio trasero;
                        • En la zona común de un complejo de apartamentos;
                        • En el pasillo fuera de una habitación de hotel;
                        • Fuera de la puerta principal19
                        • En resumen, la ley Make My Day de Colorado da a la gente derechos más fuertes a la autodefensa en su casa que en cualquier otro lugar. Y la ley Make My Day permite a los ocupantes matar a los intrusos en todo tipo de viviendas, incluyendo casas, apartamentos de alquiler, remolques y habitaciones de motel. Y no importa si el ocupante es el propietario de la vivienda, un inquilino, un huésped de un hotel o Airbnb, o un invitado de la casa.

                          Actualmente titulada The Homeowner Protection Act, la ley Make My Day fue adoptada en Colorado en 1985 bajo el CRS 18-1-704.5. Es la versión de Colorado de la Doctrina del Castillo, un principio legal según el cual las personas tienen derecho a la «seguridad absoluta» mientras están en su casa. Incluso si el intruso no tenía intención de hacer daño, la ley Make My Day protege a los ocupantes de la responsabilidad penal y civil siempre que creyeran razonablemente que el intruso tenía intención de hacer daño.

                          4. ¿A qué delitos se aplica la autodefensa?

                          La autodefensa es una defensa legal. A menudo se invoca para luchar contra los cargos penales de delitos violentos. Si demuestra con éxito que actuó en defensa propia, no puede ser responsable de estos delitos.

                          4.1 Asesinato en segundo grado

                          El asesinato en segundo grado (CRS 18-3-103) es el acto de matar a otra persona a sabiendas. Es menos grave que el asesinato en primer grado, que requiere premeditación. Para el asesinato en segundo grado, sólo tiene que ser consciente de que sus acciones son prácticamente seguras para causar la muerte.20

                          Si utiliza la fuerza mortal para defenderse, podría ser acusado de asesinato en segundo grado. Si puede demostrar que sus acciones se realizaron en defensa propia, no puede ser responsable del delito.

                          4.2 Agresión en primer grado

                          La agresión en primer grado (CRS 18-3-202) es el delito de herir intencionada y gravemente a otra persona. A menudo implica el uso de un arma mortal. Sin embargo, no implica una fatalidad.

                          Si usted hiere gravemente a alguien, los fiscales podrían acusarlo de asalto de primer grado. Si puede demostrar que actuó en defensa propia, no puede ser responsable del delito.

                          4.3 Agresión en segundo grado

                          La agresión en segundo grado (CRS 18-3-203) es el delito de herir intencionalmente a alguien. A diferencia de la agresión de primer grado, las lesiones no son graves.

                          La autodefensa es a menudo una defensa legal efectiva ante una acusación de que usted cometió una agresión de segundo grado. Si puede demostrar que sólo hirió a alguien para defenderse a sí mismo o a otra persona, no puede ser responsable de asalto en segundo grado.

                          4.4 Violencia doméstica

                          En Colorado, la violencia doméstica (CRS 18-6-801) aumenta las penas de otros delitos violentos. Si usted comete otro delito, como la agresión, sobre alguien con quien tiene una relación íntima, puede ser acusado de violencia doméstica.

                          Defender el delito subyacente puede luchar contra las penas adicionales que vienen con un delito de violencia doméstica.

                          La autodefensa es un argumento legal común contra un cargo de violencia doméstica. Muchos casos de presunta violencia doméstica implican peleas y violencia de ambas partes. La defensa propia implica demostrar que usted no fue el agresor y respondió con una fuerza razonable. Si tiene éxito, no puede ser considerado responsable de un delito de violencia doméstica.

                          4.5 Resistirse al arresto

                          La autodefensa no es una estrategia de defensa válida contra un cargo de resistirse al arresto (CRS 18-8-103).

                          Resistirse al arresto es el delito de usar la violencia o la fuerza contra un oficial de policía que hace un arresto. El arresto tiene que ser hecho bajo el color de la ley.

                          La autodefensa no es un argumento contra un cargo de resistirse al arresto, incluso si es un arresto ilegal.21 Si el arresto es ilegal, se supone que usted debe cumplir con el oficial de policía y plantear sus derechos, después.

                          Las únicas veces que se puede alegar defensa propia ante un arresto es cuando el agente no estaba actuando bajo el color de la ley. Los agentes de policía que están fuera de servicio o que trabajan como guardias de seguridad privados no están actuando bajo el color de la ley. Si intentan arrestarle y usted se resiste, puede argumentar que actuó en defensa propia.22

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                          Establecer un argumento de defensa propia es muy difícil. También es muy importante. Los cargos criminales de los que se defiende están entre los más severos a los que se puede enfrentar.

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                          Referencias legales:

                          1. Vigil v. People, 353 P.2d 82 (Colo. 1960). Una reclamación de defensa propia es una defensa afirmativa, y los tribunales miran lo que una persona razonable habría hecho bajo las circunstancias.
                          2. C.R.S. § 18-1-704(2).
                          3. Idrogo v. People, 818 P.2d 752 (Colo. 1991).
                          4. People v. Willner, 879 P.2d 19 (Colo. 1994).
                          5. People v. Toler, 9 P.3d 341 (Colo. 2000).
                          6. Young v. People, 107 P. 274 (Colo. 1910) («una persona… puede actuar sobre la base de tales apariencias y defenderse, incluso hasta el punto de tomar la vida humana cuando sea necesario, aunque resulte que las apariencias eran falsas, o aunque pueda haberse equivocado en cuanto al alcance del peligro real o actual»).
                          7. Beckett v. People, 800 P.2d 74 (Colo. 1990).
                          8. Pueblo v. Ellis, 30 P.3d 774 (Colo. App. 2001).
                          9. C.R.S. § 18-1-704(3)(b).
                          10. Castillo v. Pueblo, 421 P.3d 1141 (Colo. 2018).
                          11. Bush v. People, 16 P. 290 (Colo. 1888) y People v. Willner, Supra.
                          12. Pueblo v. Silva, 987 P.2d 909 (Colo. App. 1999).
                          13. C.R.S. subsección 18-1-704(3)(c).
                          14. C.R.S. § 18-1-706.
                          15. Ver Bush v. People, Supra («…si bien un hombre puede usar toda la fuerza razonable y necesaria para defender sus bienes muebles e inmuebles, de los cuales está en posesión real, contra otro que viene a despojarlo sin derecho, no puede llevar instantáneamente su defensa hasta el punto de matar al agresor. Si no hay otro camino, debe ceder, y enderezarse recurriendo a la ley»).
                          16. Pueblo v. Silva, Supra.
                          17. Pueblo v. Silva, Supra.
                          18. Pueblo v. Toler, Supra.
                          19. Pueblo v. Cushinberry, 855 P.2d 18 (Colo. App. 1993).
                          20. People v. Gonzales 926 P.2d 153 (Colo. 1996).
                          21. People v. Hess, 687 P.2d 443 (Colo. 1984).
                          22. People in Interest of JJC, 854 P.2d 801 (Colo. 1993).

                          Updated: November 20, 2020

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